Cuándo prescribe una multa de tráfico: plazos y qué los interrumpe
«Si no te llega en tres meses, ha prescrito.» Es una frase que se oye mucho y que solo es verdad a medias. La prescripción de las infracciones de tráfico está en el artículo 112 de la Ley sobre Tráfico (Real Decreto Legislativo 6/2015), y depende de la gravedad, de la fecha de los hechos y, sobre todo, de si te han notificado algo.
Los plazos
El artículo 112.1 fija dos plazos, contados desde el día en que se cometieron los hechos:
- 3 meses para las infracciones leves;
- 6 meses para las graves y las muy graves.
Ojo: la mayoría de las multas que restan puntos, y todas las de velocidad del anexo IV, son graves o muy graves. Para ellas el plazo es de 6 meses, no de 3.
Ejemplos con fechas
Infracción grave del 02/05/2026, sin notificar. Prescribe el 02/11/2026. A 15/10/2026 todavía faltan 18 días: no ha prescrito.
La misma fecha, pero infracción leve. Prescribió el 02/08/2026, tres meses después de los hechos.
Infracción leve del 31/08/2026. Tres meses después no hay un 31: el plazo termina el 30/11/2026. A 15/10/2026 faltan 46 días.
Lo que interrumpe la prescripción
Aquí está la trampa. Según el artículo 112.2, el plazo se interrumpe:
- con la notificación de la denuncia;
- con cualquier actuación de la Administración de la que tengas conocimiento o que vaya dirigida a averiguar tu identidad.
Una vez interrumpida, la infracción ya no prescribe por estos plazos: por eso, si te han notificado, la calculadora no te da una fecha. Si el procedimiento se queda parado más de un mes por causas que no dependen de ti, el plazo vuelve a correr.
La caducidad: un año
Es otra cosa distinta. Según el artículo 112.3, si pasa un año desde que se inicia el procedimiento sancionador sin que se dicte resolución, el procedimiento caduca y se archiva, a petición tuya o de oficio.
La multa ya firme: cuatro años
Si la sanción ya es firme (por ejemplo, porque la pagaste con el descuento del pronto pago), lo que prescribe es la multa, no la infracción. Según el artículo 112.4, el plazo es de 4 años desde el día siguiente a la firmeza.
Ejemplo: una sanción firme el 20/07/2026 prescribe como multa el 21/07/2030. Hasta entonces, la Administración puede cobrarla.
Errores comunes
- Aplicar 3 meses a todo. Las graves y muy graves tienen 6.
- Contar desde que te enteras. Cuenta el día de los hechos.
- Dar por hecho que no te han notificado. Si hubo notificación, el plazo se interrumpió: revisa tu correo antes de contar con la prescripción.
- Confundir prescripción con caducidad. Una es el plazo para empezar; la otra, para terminar el procedimiento.
Antes de pagar, revisa
Si te llega una multa tarde, comprueba la fecha de los hechos y la gravedad antes de pagar. Si no ha prescrito y es correcta, quizá te interese el descuento: tienes 20 días naturales para pagar con un 50 % menos. Calcúlalo con la calculadora del pronto pago. Y para saber si la infracción es leve o grave, consulta la de multas de tráfico.
Pon la fecha de los hechos y la gravedad en la calculadora de prescripción de multas de tráfico.
Fuentes
- Real Decreto Legislativo 6/2015, Ley sobre Tráfico, artículo 112 (prescripción y caducidad): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11722
- Las constantes de prescripción, con su fecha de consulta, en la página de fuentes.