Saltar al contenido
TrabajoSueldo y derecho laboral

parámetros

Parámetros de 2026

Estos son los 117 parámetros que usan las calculadoras, con el estado a 14/10/2026. Cada uno lleva la norma, el artículo, la fecha en que lo consultamos y su vigencia; abre "texto leído" para ver lo que dice la fuente. Si un valor no tiene fuente oficial leída, figura como pendiente y ninguna calculadora lo usa.

El año de los parámetros no sale del reloj: cuando termine 2026, las pruebas del sitio fallan hasta que se cargue el año siguiente con sus fuentes. Normas completas en normativa.

IRPF estatal

ParámetroValorNorma y artículoConsultadoVigencia
Escala estatal del IRPF
Redacción en vigor desde 01/01/2021 (Ley 11/2020). Es solo la mitad estatal; se suma a la escala autonómica.
6 tramos, del 9,5 % al 24,5 % (desde 300.000,00 €)
Unidad: escala progresiva (euros; tipo en fracción)
Ley 35/2006, del IRPF (texto consolidado BOE-A-2006-20764), art. 63.1.1.º
texto leído
0,00 | 0,00 | 12.450,00 | 9,50 … 60.000,00 | 8.950,75 | 240.000,00 | 22,50 / 300.000,00 | 62.950,75 | En adelante | 24,50
14/10/2026 desde el 01/01/2021, sin fecha de fin
Mínimo del contribuyente general: 5550,00 €; mayor65: 1150,00 €; mayor75: 1400,00 €
Unidad: euros/año
Ley 35/2006, del IRPF (texto consolidado BOE-A-2006-20764), art. 57
texto leído
El mínimo del contribuyente será, con carácter general, de 5.550 euros anuales. … se aumentará en 1.150 euros anuales. Si la edad es superior a 75 años, el mínimo se aumentará adicionalmente en 1.400 euros anuales.
14/10/2026 desde el 01/01/2015, sin fecha de fin
Mínimo por descendientes
porOrden[3] vale para el cuarto y siguientes.
por orden: 2400 / 2700 / 4000 / 4500; menor3: 2800,00 €; edad maxima: 25; rentas maximas: 8000,00 €
Unidad: euros/año
Ley 35/2006, del IRPF (texto consolidado BOE-A-2006-20764), art. 58
texto leído
2.400 euros anuales por el primero. 2.700 euros anuales por el segundo. 4.000 euros anuales por el tercero. 4.500 euros anuales por el cuarto y siguientes. … Cuando el descendiente sea menor de tres años, … se aumentará en 2.800 euros anuales.
14/10/2026 desde el 01/01/2015, sin fecha de fin
Mínimo por ascendientes general: 1150,00 €; mayor75: 1400,00 €; edad minima: 65; rentas maximas: 8000,00 €
Unidad: euros/año
Ley 35/2006, del IRPF (texto consolidado BOE-A-2006-20764), art. 59
texto leído
El mínimo por ascendientes será de 1.150 euros anuales, por cada uno de ellos mayor de 65 años … Cuando el ascendiente sea mayor de 75 años, el mínimo … se aumentará en 1.400 euros anuales.
14/10/2026 desde el 01/01/2015, sin fecha de fin
Mínimo por discapacidad
Los mismos importes valen por cada ascendiente o descendiente con discapacidad (art. 60.2).
grado33: 3000,00 €; grado65: 9000,00 €; asistencia: 3000,00 €
Unidad: euros/año
Ley 35/2006, del IRPF (texto consolidado BOE-A-2006-20764), art. 60
texto leído
El mínimo por discapacidad del contribuyente será de 3.000 euros anuales cuando sea una persona con discapacidad y 9.000 euros anuales cuando … acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento. Dicho mínimo se aumentará, en concepto de gastos de asistencia, en 3.000 euros anuales
14/10/2026 desde el 01/01/2015, sin fecha de fin
Gastos deducibles de los rendimientos del trabajo
Las cotizaciones del trabajador se restan íntegras (letra a). Los gastos de la letra f tienen como límite el rendimiento íntegro menos el resto de gastos.
otros gastos: 2000,00 €; movilidad geografica: 2000,00 €; discapacidad: 3500,00 €; discapacidad asistencia65: 7750,00 €; defensa juridica: 300,00 €
Unidad: euros/año
Ley 35/2006, del IRPF (texto consolidado BOE-A-2006-20764), art. 19.2
texto leído
a) Las cotizaciones a la Seguridad Social … f) En concepto de otros gastos distintos de los anteriores, 2.000 euros anuales. … en 2.000 euros anuales adicionales. … se incrementará dicha cuantía en 3.500 euros anuales. Dicho incremento será de 7.750 euros anuales … con el límite de 300 euros anuales.
14/10/2026 desde el 01/01/2015, sin fecha de fin
Reducción por obtención de rendimientos del trabajo
Se aplica sobre el rendimiento neto antes de los 2.000 euros de la letra f del art. 19.2. Requisito: otras rentas no superiores a 6.500 euros.
umbral1: 14.852,00 €; reduccion maxima: 7302,00 €; umbral2: 17.673,52 €; coeficiente1: 1,75; reduccion tramo2: 2364,34 €; coeficiente2: 1,14; limite: 19.747,50 €; otras rentas max: 6500,00 €
Unidad: euros/año
Ley 35/2006, del IRPF (texto consolidado BOE-A-2006-20764), art. 20 (redacción del Real Decreto-ley 4/2024, efectos 1 de enero de 2024)
texto leído
a) … iguales o inferiores a 14.852 euros: 7.302 euros anuales. b) … superiores a 14.852 euros, pero iguales o inferiores a 17.673,52 euros: 7.302 euros menos el resultado de multiplicar por 1,75 la diferencia … c) … comprendidos entre 17.673,52 y 19.747,5 euros: 2.364,34 euros menos el resultado de multiplicar por 1,14 la diferencia …
14/10/2026 desde el 01/01/2024, sin fecha de fin
Deducción por rendimientos del trabajo (disposición adicional 61.ª)
Deducción en la cuota de la declaración anual. No entra en el algoritmo de retenciones 2026 de la AEAT.
umbral: 17.094,00 €; importe maximo: 590,89 €; coeficiente: 0,2; limite: 20.048,45 €; otras rentas max: 6500,00 €
Unidad: euros/año
Ley 35/2006, del IRPF (texto consolidado BOE-A-2006-20764), disposición adicional sexagésima primera (redacción del Real Decreto-ley 5/2026, art. 28, efectos 1 de enero de 2026)
texto leído
a) … iguales o inferiores a 17.094 euros anuales: 590,89 euros anuales. b) … comprendidos entre 17.094 euros anuales y 20.048,45 euros anuales: 590,89 euros menos el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre los rendimientos íntegros del trabajo y 17.094 euros anuales.
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Deducción por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla
Ceuta y Melilla aplican la escala estatal y, para la parte autonómica, la escala complementaria estatal; esa escala no se ha incorporado aquí.
60 %
Unidad: fracción de la cuota íntegra (estatal + autonómica) de las rentas obtenidas en Ceuta o Melilla
Ley 35/2006, del IRPF (texto consolidado BOE-A-2006-20764), art. 68.4
texto leído
Los contribuyentes que tengan su residencia habitual y efectiva en Ceuta o Melilla se deducirán el 60 por ciento de la parte de la suma de las cuotas íntegras estatal y autonómica que proporcionalmente corresponda a las rentas … obtenidas en Ceuta o Melilla.
14/10/2026 desde el 01/01/2015, sin fecha de fin
Escala complementaria para residentes en Ceuta y Melilla pendiente Escala complementaria (art. 74 LIRPF) aplicable a residentes en Ceuta y Melilla: no se ha leído el texto en esta ronda.

IRPF autonómico

ParámetroValorNorma y artículoConsultadoVigencia
Escala autonómica del IRPF: Andalucía
Redacción del Decreto-ley 7/2022 con efectos desde 1 de enero de 2022; la Ley 8/2025 (Presupuesto 2026) no toca el art. 23. Vale para 2026.
5 tramos, del 9,5 % al 22,5 % (desde 60.000,00 €)
Unidad: escala progresiva (euros; tipo en fracción)
Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de Andalucía (BOE-A-2021-17915), art. 23 (Escala autonómica)
texto leído
0,00 | 0,00 | 13.000,00 | 9,50% … 60.000,00 | 8.910,00 | En adelante | 22,50%
14/10/2026 desde el 01/01/2022, sin fecha de fin
Mínimos personales y familiares propios: Andalucía contribuyente: 5790,00 €; mayor65: 1200,00 €; mayor75: 1460,00 €; descendientes: 2510 / 2820 / 4170 / 4700; menor3: 2920,00 €; ascendiente: 1200,00 €; ascendiente mayor75: 1460,00 €; discapacidad: 3130,00 €; discapacidad65: 9390,00 €; asistencia: 3130,00 €
Unidad: euros/año
Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de Andalucía (BOE-A-2021-17915), art. 23 bis
texto leído
a) Con carácter general, 5.790 euros anuales. … 1.º 2.510 … 2.º 2.820 … 3.º 4.170 … 4.º 4.700 … se aumentará en 2.920 euros anuales.
14/10/2026 desde el 01/01/2022, sin fecha de fin
Escala autonómica del IRPF: Aragón
Modificado con efectos desde 1 de enero de 2023 por la Ley 17/2023; sin cambios posteriores en el art. 110-1. Vale para 2026.
9 tramos, del 9,5 % al 25,5 % (desde 130.000,00 €)
Unidad: escala progresiva (euros; tipo en fracción)
Decreto Legislativo 1/2005, texto refundido de tributos cedidos de Aragón (BOA-d-2005-90006), art. 110-1
texto leído
0,00 | 0,00 | 13.072,50 | 9,50 … 130.000,00 | 25.993,29 | en adelante | 25,50
14/10/2026 desde el 01/01/2023, sin fecha de fin
Escala autonómica del IRPF: Principado de Asturias
La Ley 3/2025 entró en vigor el 03/12/2025 y su preámbulo la aplica al ejercicio 2025; vale para 2026.
8 tramos, del 9 % al 26 % (desde 175.000,00 €)
Unidad: escala progresiva (euros; tipo en fracción)
Decreto Legislativo 2/2014, texto refundido de tributos cedidos del Principado de Asturias (BOE-A-2015-945), art. 2 (redacción de la Ley 3/2025, de 19 de noviembre, BOE-A-2025-25707)
texto leído
- | 0,00 | 12 450,00 | 9,00 … 175 000,00 | 37 127,62 | En adelante | 26,00
14/10/2026 desde el 01/01/2025, sin fecha de fin
Mínimos personales y familiares propios: Principado de Asturias contribuyente: 6105,00 €; mayor65: 1265,00 €; mayor75: 1540,00 €; descendientes: 2640 / 2970 / 4400 / 4950; menor3: 3080,00 €; ascendiente: 1265,00 €; ascendiente mayor75: 1540,00 €; discapacidad: 3300,00 €; discapacidad65: 9900,00 €; asistencia: 3300,00 €
Unidad: euros/año
Decreto Legislativo 2/2014, texto refundido de tributos cedidos del Principado de Asturias (BOE-A-2015-945), arts. 2 bis a 2 quinquies
texto leído
El mínimo del contribuyente será, con carácter general, de 6.105 euros anuales. … 2.640 … 2.970 … 4.400 … 4.950 … se aumentará en 3.080 euros anuales
14/10/2026 desde el 01/01/2025, sin fecha de fin
Escala autonómica del IRPF: Illes Balears
Redacción de la Ley 12/2023, en vigor desde 01/01/2024; la primera columna del BOE se titula "Base liquidable desde". Vale para 2026.
9 tramos, del 9 % al 24,75 % (desde 175.000,00 €)
Unidad: escala progresiva (euros; tipo en fracción)
Decreto Legislativo 1/2014, texto refundido de tributos cedidos de Illes Balears (BOE-A-2014-6925), art. 1
texto leído
0 | 0 | 10.000 | 9 … 175.000 | 35.077,50 | En adelante | 24,75
14/10/2026 desde el 01/01/2024, sin fecha de fin
Mínimos personales y familiares propios: Illes Balears
No cubre el mínimo general, el primer descendiente ni el incremento por menor de 3 años. El importe en euros se calcula sobre el estatal.
incremento: 0,1; aplica a: mayor65 / mayor75 / descendiente2 / descendiente3 / descendiente4ySiguientes / ascendientes / discapacidad
Unidad: euros/año
Decreto Legislativo 1/2014, texto refundido de tributos cedidos de Illes Balears (BOE-A-2014-6925), art. 2
texto leído
Se incrementan en un 10 % los importes correspondientes a los mínimos del contribuyente, por descendientes y por discapacidad, que forman parte del mínimo personal y familiar, siguientes: a) El mínimo del contribuyente mayor de sesenta y cinco años y mayor de setenta y cinco años. b) El mínimo por el segundo, el mínimo por el tercero y el mínimo por el cuarto y siguientes descendientes. c) El mínimo por ascendientes. d) El mínimo por discapacidad.
14/10/2026 desde el 26/11/2023, sin fecha de fin
Escala autonómica del IRPF: Canarias
La Ley 9/2025 dice "Con efecto desde el día 1 de enero de 2025 y vigencia indefinida". Vale para 2026.
7 tramos, del 9 % al 26 % (desde 123.745,00 €)
Unidad: escala progresiva (euros; tipo en fracción)
Decreto Legislativo 1/2009, texto refundido de tributos cedidos de Canarias (BOC-j-2009-90008), art. 18 bis (redacción de la DF 11ª.17 de la Ley 9/2025, Presupuestos de Canarias 2026, BOE-A-2026-7560)
texto leído
1 | 0 | 0 | 13.748,00 | 9,00 … 7 | 123.745,00 | 24.213,1 | en adelante | 26,00
14/10/2026 desde el 01/01/2025, sin fecha de fin
Mínimos personales y familiares propios: Canarias contribuyente: 5606,00 €; mayor65: 1162,00 €; mayor75: 1414,00 €; descendientes: 2424 / 2727 / 4040 / 4545; menor3: 2828,00 €; ascendiente: 1162,00 €; ascendiente mayor75: 1414,00 €; discapacidad: 3030,00 €; discapacidad65: 9090,00 €; asistencia: 3030,00 €
Unidad: euros/año
Decreto Legislativo 1/2009, texto refundido de tributos cedidos de Canarias (BOC-j-2009-90008), art. 18 quater
texto leído
5.606 euros anuales … 2.424 … 2.727 … 4.040 … 4.545 … se aumentará en 2.828 euros anuales
14/10/2026 desde el 01/01/2024, sin fecha de fin
Escala autonómica del IRPF: Cantabria
Redacción de la Ley 3/2023, en vigor desde 01/01/2024; la Ley 5/2026 no toca el art. 1. Vale para 2026.
6 tramos, del 8,5 % al 24,5 % (desde 90.000,00 €)
Unidad: escala progresiva (euros; tipo en fracción)
Decreto Legislativo 62/2008, texto refundido de tributos cedidos de Cantabria (BOCT-c-2008-90028), art. 1
texto leído
0 | 0 | 13.000,00 | 8,50 … 90.000,00 | 15.258,00 | En adelante | 24,50
14/10/2026 desde el 01/01/2024, sin fecha de fin
Escala autonómica del IRPF: Castilla y León
Modificado con efectos desde 1 de enero de 2022 por la Ley 2/2022; el BOE no registra norma posterior que lo cambie. Vale para 2026.
5 tramos, del 9 % al 21,5 % (desde 53.407,20 €)
Unidad: escala progresiva (euros; tipo en fracción)
Decreto Legislativo 1/2013, texto refundido de tributos propios y cedidos de Castilla y León (BOCL-h-2013-90254), art. 1
texto leído
0,00 | 0,00 | 12.450,00 | 9,0 … 53.407,20 | 7.518,83 | En adelante | 21,5
14/10/2026 desde el 01/01/2022, sin fecha de fin
Mínimos personales y familiares propios: Castilla y León
Mismos importes que los estatales.
contribuyente: 5550,00 €; mayor65: 1150,00 €; mayor75: 1400,00 €; descendientes: 2400 / 2700 / 4000 / 4500; menor3: 2800,00 €; ascendiente: 1150,00 €; ascendiente mayor75: 1400,00 €; discapacidad: 3000,00 €; discapacidad65: 9000,00 €; asistencia: 3000,00 €
Unidad: euros/año
Decreto Legislativo 1/2013, texto refundido de tributos propios y cedidos de Castilla y León (BOCL-h-2013-90254), art. 1 bis
texto leído
5.550 euros anuales … 2.400 … 2.700 … 4.000 … 4.500 …
14/10/2026 desde el 01/01/2015, sin fecha de fin
Escala autonómica del IRPF: Castilla-La Mancha
Añadido por la Ley 9/2014 (en vigor 01/01/2015). La Ley 1/2026 de Castilla-La Mancha (DOCM 30/03/2026) no modifica el art. 13 bis según el análisis del BOE. Vale para 2026.
5 tramos, del 9,5 % al 22,5 % (desde 60.000,00 €)
Unidad: escala progresiva (euros; tipo en fracción)
Ley 8/2013, de 21 de noviembre, de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha (BOE-A-2014-1368), art. 13 bis
texto leído
0 | 0 | 12.450,00 | 9,50 … 60.000,00 | 8.950,75 | En adelante | 22,50
14/10/2026 desde el 01/01/2015, sin fecha de fin
Escala autonómica del IRPF: Cataluña
El Decreto-ley 5/2025 aplica "con efectos de 1 de enero de 2025"; ninguna norma de 2026 toca el art. 611-1. Vale para 2026.
8 tramos, del 9,5 % al 25,5 % (desde 175.000,00 €)
Unidad: escala progresiva (euros; tipo en fracción)
Decreto Legislativo 1/2024, libro sexto del Código tributario de Catalunya (BOE-A-2024-6951), art. 611-1 (redacción del Decreto-ley 5/2025, art. 3.1)
texto leído
0,00 | 0,00 | 12.500,00 | 9,50 … 175.000,00 | 36.415,00 | En adelante | 25,50
14/10/2026 desde el 01/01/2025, sin fecha de fin
Mínimos personales y familiares propios: Cataluña
Solo el mínimo general; el resto sigue los estatales.
contribuyente: 5550,00 €
Unidad: euros/año
Decreto Legislativo 1/2024, libro sexto del Código tributario de Catalunya (BOE-A-2024-6951), art. 611-2
texto leído
El importe del mínimo personal del contribuyente es, con carácter general, de 5.550 euros anuales.
14/10/2026 desde el 15/03/2024, sin fecha de fin
Escala autonómica del IRPF: Comunitat Valenciana
Escala nueva "con efectos para los hechos imponibles devengados desde el 1 de enero de 2026, inclusive". La de 2025 (9,00 … 29,50) ya no vale para 2026.
11 tramos, del 8,8 % al 29,35 % (desde 200.000,00 €)
Unidad: escala progresiva (euros; tipo en fracción)
Ley 13/1997, tramo autonómico del IRPF y tributos cedidos de la Comunitat Valenciana (BOE-A-1998-8202), art. 2.1 (redacción de la Ley 5/2026, de 31 de julio, art. 18, BOE-A-2026-19331)
texto leído
0 | 0 | 12.000 | 8,8 … 200.000 | 47.114 | en adelante | 29,35
14/10/2026 desde el 01/01/2026, sin fecha de fin
Mínimos personales y familiares propios: Comunitat Valenciana contribuyente: 6105,00 €; mayor65: 1265,00 €; mayor75: 1540,00 €; descendientes: 2640 / 2970 / 4400 / 4950; menor3: 3080,00 €; ascendiente: 1265,00 €; ascendiente mayor75: 1540,00 €; discapacidad: 3300,00 €; discapacidad65: 9900,00 €; asistencia: 3300,00 €
Unidad: euros/año
Ley 13/1997, tramo autonómico del IRPF y tributos cedidos de la Comunitat Valenciana (BOE-A-1998-8202), art. 2 bis
texto leído
a) El mínimo del contribuyente será, con carácter general, de 6.105 euros anuales. … - 2.640 euros anuales por el primer descendiente. - 2.970 … - 4.400 … - 4.950 … se aumentará en 3.080 euros anuales.
14/10/2026 desde el 28/10/2022, sin fecha de fin
Escala autonómica ya aprobada para el año siguiente: Comunitat Valenciana
No se usa en 2026; pasa al archivo de 2027.
11 tramos, del 8,7 % al 29,25 % (desde 200.000,00 €)
Unidad: escala progresiva (euros; tipo en fracción)
Ley 5/2026, de 31 de julio, de la Generalitat (BOE-A-2026-19331), disposición transitoria tercera (escala desde el 1 de enero de 2027)
texto leído
0 | 0 | 12.000 | 8,7 … 200.000 | 46.914 | En adelante | 29,25
14/10/2026 desde el 01/01/2027, sin fecha de fin
Escala autonómica del IRPF: Extremadura
La DF 7ª de la Ley 2/2026 da efectos desde 1 de enero de 2026. La escala de 2025 (8 / 10 / 16 …) ya no vale para 2026.
9 tramos, del 7,75 % al 25 % (desde 120.200,00 €)
Unidad: escala progresiva (euros; tipo en fracción)
Decreto Legislativo 1/2018, texto refundido de tributos cedidos de Extremadura (BOE-A-2018-8159), art. 1 (redacción de la Ley 2/2026, de 3 de agosto, DF 2ª.1, BOE-A-2026-17839)
texto leído
0,00 | 0,00 | 12.450,00 | 7,75 … 120.200,00 | 23.945,50 | en adelante | 25,00
14/10/2026 desde el 01/01/2026, sin fecha de fin
Escala autonómica del IRPF: Galicia
Redacción de la Ley 7/2022 con efectos desde 1 de enero de 2022; leyes posteriores no tocan el art. 4. Vale para 2026.
5 tramos, del 9 % al 22,5 % (desde 60.000,00 €)
Unidad: escala progresiva (euros; tipo en fracción)
Decreto Legislativo 1/2011, texto refundido de tributos cedidos de Galicia (BOE-A-2011-18161), art. 4
texto leído
0,00 | 0,00 | 12.985,35 | 9,00 % … 60.000,00 | 8.779,16 | En adelante | 22,50 %
14/10/2026 desde el 01/01/2022, sin fecha de fin
Mínimos personales y familiares propios: Galicia contribuyente: 5789,00 €; mayor65: 1199,00 €; mayor75: 1460,00 €; descendientes: 2503 / 2816 / 4172 / 4694; menor3: 2920,00 €; ascendiente: 1199,00 €; ascendiente mayor75: 1460,00 €; discapacidad: 3129,00 €; discapacidad65: 9387,00 €; asistencia: 3129,00 €
Unidad: euros/año
Decreto Legislativo 1/2011, texto refundido de tributos cedidos de Galicia (BOE-A-2011-18161), art. 4 bis
texto leído
a) Con carácter general, 5.789 euros anuales. … 1.º 2.503 … 2.º 2.816 … 3.º 4.172 … 4.º 4.694 … se aumentará en 2.920 euros anuales.
14/10/2026 desde el 01/01/2022, sin fecha de fin
Escala autonómica del IRPF: Comunidad de Madrid
Redacción de la Ley 13/2023, aplicable a los períodos iniciados desde 1 de enero de 2023; sin cambios posteriores en el art. 1. Vale para 2026.
5 tramos, del 8,5 % al 20,5 % (desde 57.320,40 €)
Unidad: escala progresiva (euros; tipo en fracción)
Decreto Legislativo 1/2010, texto refundido de tributos cedidos de la Comunidad de Madrid (BOCM-m-2010-90068), art. 1
texto leído
0 | 0 | 13.362,22 | 8,50 … 57.320,40 | 7.651,10 | en adelante | 20,50
14/10/2026 desde el 01/01/2023, sin fecha de fin
Mínimos personales y familiares propios: Comunidad de Madrid contribuyente: 5956,65 €; mayor65: 1234,26 €; mayor75: 1502,58 €; descendientes: 2575.85 / 2897.83 / 4400 / 4950; menor3: 3005,16 €; ascendiente: 1234,26 €; ascendiente mayor75: 1502,58 €; discapacidad: 3219,81 €; discapacidad65: 9659,44 €; asistencia: 3219,81 €
Unidad: euros/año
Decreto Legislativo 1/2010, texto refundido de tributos cedidos de la Comunidad de Madrid (BOCM-m-2010-90068), arts. 2 a 2 quater
texto leído
a) El mínimo del contribuyente será, con carácter general, de 5.956,65 euros anuales. … a) 2.575,85 … b) 2.897,83 … c) 4.400 … d) 4.950 … se aumentará en 3.005,16 euros anuales.
14/10/2026 desde el 01/01/2023, sin fecha de fin
Escala autonómica del IRPF: Región de Murcia
Redacción de la Ley 14/2018; las escalas temporales de la DA 5ª acabaron en 2022, así que el art. 2 se aplica desde 2023. Texto consolidado actualizado el 17/03/2026: una ley de Murcia posterior a esa fecha podría no estar reflejada.
5 tramos, del 9,5 % al 22,5 % (desde 60.000,00 €)
Unidad: escala progresiva (euros; tipo en fracción)
Decreto Legislativo 1/2010, texto refundido de tributos cedidos de la Región de Murcia (BOE-A-2011-10542), art. 2
texto leído
0 | 0 | 12.450,00 | 9,50 … 60.000,00 | 8.540,15 | En adelante. | 22,50
14/10/2026 desde el 01/01/2023, sin fecha de fin
Escala autonómica del IRPF: La Rioja
En vigor desde 01/01/2024. El art. 31 ter (Ley 9/2025) solo obliga a proponer deflactación si el IPC supera el 3 %; no cambia la escala.
8 tramos, del 8 % al 27 % (desde 120.000,00 €)
Unidad: escala progresiva (euros; tipo en fracción)
Ley 10/2017, de 27 de octubre, normas tributarias de La Rioja (BOE-A-2017-13750), art. 31 (redacción de la Ley 13/2023, art. 1.1)
texto leído
0,00 | 0,00 | 12.450,00 | 8,00 … 120.000,00 | 23.141,90 | En adelante | 27,00
14/10/2026 desde el 01/01/2024, sin fecha de fin
Mínimos personales y familiares propios: La Rioja
Solo la discapacidad de descendientes; gastos de asistencia y resto, estatales.
discapacidad descendientes: 3300,00 €; discapacidad descendientes65: 9900,00 €
Unidad: euros/año
Ley 10/2017, de 27 de octubre, normas tributarias de La Rioja (BOE-A-2017-13750), art. 31 bis
texto leído
el mínimo por discapacidad de descendientes será de 3.300 euros anuales. Dicho importe será de 9.900 euros anuales cuando se acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.
14/10/2026 desde el 01/01/2018, sin fecha de fin

Retención de IRPF en nómina

ParámetroValorNorma y artículoConsultadoVigencia
Algoritmo de cálculo del tipo de retención (AEAT)
Entre las dos versiones solo cambia la extensión a La Palma (RDL 23/2026); números y fórmulas idénticos.
versión del 10/09/2026, 16 pasos
Unidad: documento
AEAT, Algoritmo de cálculo del tipo de retención 2026 (versión de 10-09-2026), documento completo, 48 páginas, fechado 10-09-2026 (SGTT)
texto leído
EJERCICIO 2026 (a partir de 10 DE SEPTIEMBRE)
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Escala de retención
Es la suma de la escala estatal y una autonómica de referencia; la retención no depende de la comunidad. El algoritmo AEAT 2026 usa la misma tabla (TABLA 2).
6 tramos, del 19 % al 47 % (desde 300.000,00 €)
Unidad: escala progresiva (euros; tipo en fracción)
Real Decreto 439/2007, Reglamento del IRPF (texto consolidado BOE-A-2007-6820), art. 85.1.1.º
texto leído
0,00 | 0,00 | 12.450,00 | 19,00 … 60.000,00 | 17.901,50 | 240.000,00 | 45,00 / 300.000,00 | 125.901,50 | En adelante | 47,00
14/10/2026 desde el 01/01/2021, sin fecha de fin
Límites excluyentes de la obligación de retener
Situación 1 sin hijos no existe en la tabla (guion). El algoritmo AEAT 2026 reproduce la misma tabla (TABLA 1).
situacion1: 17644 / 18694; situacion2: 17197 / 18130 / 19262; situacion3: 15876 / 16342 / 16867; incremento pensiones: 600,00 €; incremento desempleo: 1200,00 €
Unidad: euros/año
Real Decreto 439/2007, Reglamento del IRPF (texto consolidado BOE-A-2007-6820), art. 81.1 (redacción del Real Decreto 142/2024)
texto leído
1.ª Contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente. | - | 17.644 | 18.694 / 2.ª Contribuyente cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas. | 17.197 | 18.130 | 19.262 / 3.ª Otras situaciones. | 15.876 | 16.342 | 16.867
14/10/2026 desde el 01/01/2024, sin fecha de fin
Límite porcentual de la cuota de retención retribucion maxima: 35.200,00 €; porcentaje: 43 %
Unidad: euros/año y fracción
Real Decreto 439/2007, Reglamento del IRPF (texto consolidado BOE-A-2007-6820), art. 85.3
texto leído
Cuando el contribuyente obtenga una cuantía total de retribución … no superior a 35.200 euros anuales, la cuota de retención … tendrá como límite máximo el resultado de aplicar el porcentaje del 43 por ciento a la diferencia positiva entre el importe de la cuantía total de retribución y el que corresponda, según su situación, de los mínimos excluidos de retención previstos en el artículo 81
14/10/2026 desde el 01/01/2023, sin fecha de fin
Reducciones de la base de retención pensionista o mas de dos descendientes: 600,00 €; desempleo: 1200,00 €
Unidad: euros/año
Real Decreto 439/2007, Reglamento del IRPF (texto consolidado BOE-A-2007-6820), art. 83.3.e
texto leído
…pensiones … o que tengan más de dos descendientes … 600 euros. Cuando sean prestaciones o subsidios por desempleo, 1.200 euros.
14/10/2026 desde el 01/01/2024, sin fecha de fin
Incremento del mínimo por anualidades por alimentos 1980,00 €
Unidad: euros/año (incremento del mínimo personal y familiar)
Real Decreto 439/2007, Reglamento del IRPF (texto consolidado BOE-A-2007-6820), art. 85.2
texto leído
incrementado en 1.980 euros anuales
14/10/2026 desde el 01/01/2015, sin fecha de fin
Tipos mínimos de retención contrato inferior anio: 2 %; relacion especial: 15 %; ceuta melilla inferior anio: 0,8 %; ceuta melilla especial: 6 %
Unidad: fracción
Real Decreto 439/2007, Reglamento del IRPF (texto consolidado BOE-A-2007-6820), art. 86.2
texto leído
no podrá ser inferior al 2 por ciento cuando se trate de contratos o relaciones de duración inferior al año …, ni inferior al 15 por ciento cuando los rendimientos del trabajo se deriven de otras relaciones laborales especiales de carácter dependiente. … Los citados porcentajes serán el 0,8 por ciento y el 6 por ciento, respectivamente, cuando se trate de rendimientos del trabajo obtenidos en Ceuta y Melilla
14/10/2026 desde el 01/01/2023, sin fecha de fin
Reducción del tipo de retención en Ceuta y Melilla
En el algoritmo AEAT: "Si CEUMELI = S: DIFERENCIA POSITIVA = (CUOTA* 0,40) - MINOPAGO".
60 %
Unidad: fracción de reducción del tipo
Real Decreto 439/2007, Reglamento del IRPF (texto consolidado BOE-A-2007-6820), art. 80.2
texto leído
Cuando se trate de rendimientos del trabajo obtenidos en Ceuta y Melilla que se beneficien de la deducción prevista en el artículo 68.4 de la Ley del Impuesto, se reducirán en un 60 por ciento: a) El tipo de retención a que se refiere el artículo 86.1 de este Reglamento.
14/10/2026 desde el 06/12/2023, sin fecha de fin
Tipo máximo tras una regularización general: 47 %; ceuta melilla: 19 %
Unidad: fracción
Real Decreto 439/2007, Reglamento del IRPF (texto consolidado BOE-A-2007-6820), art. 87.5
texto leído
En ningún caso, cuando se produzcan regularizaciones, el nuevo tipo de retención aplicable podrá ser superior al 47 por ciento. El citado porcentaje será el 19 por ciento cuando la totalidad de los rendimientos del trabajo se hubiesen obtenido en Ceuta y Melilla
14/10/2026 desde el 01/01/2015, sin fecha de fin
Reducción del tipo por préstamo de vivienda habitual
Solo para préstamo de vivienda habitual con derecho a la deducción transitoria (DT 18ª LIRPF).
retribucion maxima: 33.007,20 €; reduccion tipo: 2 %
Unidad: euros/año y puntos del tipo (fracción)
Real Decreto 439/2007, Reglamento del IRPF (texto consolidado BOE-A-2007-6820), art. 86.1
texto leído
inferior a 33.007,2 euros … el tipo de retención se reducirá en dos enteros
14/10/2026 desde el 01/01/2023, sin fecha de fin
Redondeo del tipo y de los importes
El art. 86.1 RIRPF solo dice que el tipo "se expresará con dos decimales"; la forma (truncar) sale del algoritmo AEAT.
tipo: truncar a 2 decimales; importes: redondear a 2 decimales (0,005 sube)
Unidad: regla
AEAT, Algoritmo de cálculo del tipo de retención 2026 (versión de 10-09-2026), apartado de funciones (TRUNCAR y REDONDEAR1)
texto leído
TRUNCAR (TIPO), que consiste en truncar el tipo en el segundo decimal. Ejemplo: TIPO = 17,85964523; TRUNCAR (TIPO) = 17,85
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Ejemplo de aplicación de la escala (AEAT)
Único ejemplo numérico del algoritmo 2026; sirve de prueba de paridad.
base: 24.000,00 €; cuota1: 5365,50 €
Unidad: euros
AEAT, Algoritmo de cálculo del tipo de retención 2026 (versión de 10-09-2026), apartado Cuota de retención, ejemplo de aplicación de la escala
texto leído
Para una base de 24.000,00: Hasta 20.200,00: 4.225,50 / Resto: 24.000,00 - 20.200,00 = 3.800,00: 3.800,00* 0,30 = 1.140,00 / CUOTA 1= 4.225,50 + 1.140, 00 = 5.365,50
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Casos completos de retención publicados por la AEAT pendiente El algoritmo 2026 y los cuadros de tipos no publican casos completos (entrada a tipo de retención). Faltaría generarlos con el servicio de cálculo de la AEAT y documentar la consulta.

Seguridad Social: cotización

ParámetroValorNorma y artículoConsultadoVigencia
Base máxima de cotización 5101,20 €
Unidad: euros/mes
Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, normas de cotización 2026 (BOE-A-2026-7296), art. 2.1
texto leído
El tope máximo de la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social será, desde el 1 de enero de 2026, de 5.101,20 euros mensuales
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Tope mínimo de cotización por accidentes de trabajo
1.221 × 7/6 da 1.424,50; la orden fija 1.424,40 como suelo. Se usa el publicado.
1424,40 €
Unidad: euros/mes
Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, normas de cotización 2026 (BOE-A-2026-7296), art. 2.2
texto leído
el tope mínimo de cotización para las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional será equivalente al salario mínimo interprofesional vigente, incrementado en un sexto, sin que pueda ser inferior a 1.424,40 euros
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Bases mínimas y máximas por grupo de cotización grupo 1: 1989,30 € a 5101,20 € al mes; grupo 2: 1649,70 € a 5101,20 € al mes; grupo 3: 1435,20 € a 5101,20 € al mes; grupo 4: 1424,40 € a 5101,20 € al mes; grupo 5: 1424,40 € a 5101,20 € al mes; grupo 6: 1424,40 € a 5101,20 € al mes; grupo 7: 1424,40 € a 5101,20 € al mes; grupo 8: 47,48 € a 170,04 € al día; grupo 9: 47,48 € a 170,04 € al día; grupo 10: 47,48 € a 170,04 € al día; grupo 11: 47,48 € a 170,04 € al día
Unidad: euros/mes (grupos 1 a 7) y euros/día (8 a 11)
Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, normas de cotización 2026 (BOE-A-2026-7296), art. 3
texto leído
1 | Ingenieros y Licenciados. … | 1.989,30 | 5.101,20 / 2 | Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados. | 1.649,70 | 5.101,20 / 3 | Jefes Administrativos y de Taller. | 1.435,20 | 5.101,20 / 4 a 7 | 1.424,40 | 5.101,20 / 8 a 11 | 47,48 | 170,04
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Tipo de contingencias comunes empresa: 23,6 %; trabajador: 4,7 %
Unidad: fracción de la base
Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, normas de cotización 2026 (BOE-A-2026-7296), art. 4.a
texto leído
Para las contingencias comunes, el 28,30 por ciento, del que el 23,60 por ciento será a cargo de la empresa y el 4,70 por ciento, a cargo de la persona trabajadora.
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Tarifa de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales pendiente Tarifa de primas de la DA 61ª LGSS (añadida por el RDL 3/2026): depende del CNAE de la empresa; no se han extraído los valores. A cargo exclusivo de la empresa (Orden PJC/297/2026, art. 4.b).
Tipo de desempleo
El tipo de indefinido también vale para fijos discontinuos, formativos, relevo, interinidad y personas con discapacidad igual o superior al 33 %.
indefinido: 5,5 % / 1,55 %; temporal: 6,7 % / 1,6 %
Unidad: fracción de la base
Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, normas de cotización 2026 (BOE-A-2026-7296), art. 33.2.a
texto leído
7,05 por ciento, del que el 5,5 por ciento será a cargo de la empresa y el 1,55 por ciento, a cargo de la persona trabajadora. … Contratación de duración determinada a tiempo completo o a tiempo parcial: 8,30 por ciento, del que el 6,70 por ciento será a cargo del empresario y el 1,60 por ciento, a cargo de la persona trabajadora.
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Tipo del Fondo de Garantía Salarial empresa: 0,2 %; trabajador: 0 %
Unidad: fracción de la base
Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, normas de cotización 2026 (BOE-A-2026-7296), art. 33.2.b
texto leído
Fondo de Garantía Salarial: el 0,20 por ciento, a cargo de la empresa.
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Tipo de formación profesional empresa: 0,6 %; trabajador: 0,1 %
Unidad: fracción de la base
Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, normas de cotización 2026 (BOE-A-2026-7296), art. 33.2.c
texto leído
Formación profesional: el 0,70 por ciento, del que el 0,60 por ciento será a cargo de la empresa y el 0,10 por ciento, a cargo de la persona trabajadora.
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) empresa: 0,75 %; trabajador: 0,15 %
Unidad: fracción de la base de contingencias comunes
Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, normas de cotización 2026 (BOE-A-2026-7296), art. 16 (y LGSS disposición transitoria 43ª)
texto leído
aplicando el tipo del 0,90 por ciento sobre la base de cotización por contingencias comunes, del que el 0,75 por ciento será a cargo del empleador y el 0,15 por ciento, a cargo de la persona trabajadora.
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Cotización adicional por horas extraordinarias fuerza mayor: 12 % / 2 %; resto: 23,6 % / 4,7 %
Unidad: fracción de la remuneración por horas extra
Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, normas de cotización 2026 (BOE-A-2026-7296), art. 5
texto leído
aplicando el tipo del 14,00 por ciento, del que el 12,00 por ciento será a cargo de la empresa y el 2,00 por ciento, a cargo de la persona trabajadora. … aplicando el tipo del 28,30 por ciento, del que el 23,60 por ciento será a cargo de la empresa y el 4,70 por ciento, a cargo de la persona trabajadora.
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Cotización de solidaridad
Los límites son la base máxima, +10 % y +50 % (art. 19 bis LGSS). Se prorratea por días en alta (art. 17.2).
5101,21 € a 5611,32 €: 0,96 % empresa y 0,19 % trabajador; 5611,33 € a 7651,80 €: 1,04 % empresa y 0,21 % trabajador; más de 7651,80 €: 1,22 % empresa y 0,24 % trabajador
Unidad: euros/mes de retribución y fracción
Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, normas de cotización 2026 (BOE-A-2026-7296), art. 17.1 (y LGSS art. 19 bis y disposición transitoria 42ª)
texto leído
a) El 1,15 por ciento a la parte de la retribución comprendida entre 5.101,21 euros y 5.611,32 euros, siendo el 0,96 por ciento a cargo de la empresa y el 0,19 por ciento a cargo de la persona trabajadora. b) El 1,25 por ciento … entre 5.611,33 euros y 7.651,80 euros, siendo el 1,04 … y el 0,21 … c) El 1,46 por ciento a la parte de la retribución que supere los 7.651,80 euros, siendo el 1,22 … y el 0,24 …
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Cotización adicional de contratos de menos de treinta días 33,62 €
Unidad: euros por contrato, a cargo de la empresa
Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, normas de cotización 2026 (BOE-A-2026-7296), art. 28.1
texto leído
los contratos de duración determinada inferior a treinta días tendrán una cotización adicional de 33,62 euros a cargo del empresario a la finalización del mismo.
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026

Salario mínimo

ParámetroValorNorma y artículoConsultadoVigencia
Salario mínimo interprofesional diario 40,70 €
Unidad: euros/día
Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, salario mínimo interprofesional 2026 (BOE-A-2026-3815), art. 1
texto leído
queda fijado en 40,70 euros/día o 1 221 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses.
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Salario mínimo interprofesional mensual 1221,00 €
Unidad: euros/mes (14 pagas)
Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, salario mínimo interprofesional 2026 (BOE-A-2026-3815), art. 1
texto leído
queda fijado en 40,70 euros/día o 1 221 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses.
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Salario mínimo interprofesional anual
Equivale a 14 pagas de 1.221 euros (lo comprueba el test).
17.094,00 €
Unidad: euros/año
Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, salario mínimo interprofesional 2026 (BOE-A-2026-3815), art. 3.1
texto leído
sin que en ningún caso pueda considerarse una cuantía anual inferior a 17 094 euros.
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Salario mínimo por hora de empleados del hogar 9,55 €
Unidad: euros/hora
Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, salario mínimo interprofesional 2026 (BOE-A-2026-3815), art. 4.2
texto leído
9,55 euros por hora efectivamente trabajada
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Salario mínimo por jornada de eventuales y temporeros 57,82 €
Unidad: euros/jornada
Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, salario mínimo interprofesional 2026 (BOE-A-2026-3815), art. 4.1
texto leído
inferior a 57,82 euros por jornada legal en la actividad
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026

IPREM

ParámetroValorNorma y artículoConsultadoVigencia
IPREM diario
Sin PGE 2026, la Ley 31/2022 sigue prorrogada (art. 134.4 CE); el SEPE aplica estas cifras en 2026.
20,00 €
Unidad: euros/día
Ley 31/2022, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, prorrogada (BOE-A-2022-22128), disposición adicional nonagésima, letra a
texto leído
a) El IPREM diario, 20 euros.
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
IPREM mensual 600,00 €
Unidad: euros/mes
Ley 31/2022, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, prorrogada (BOE-A-2022-22128), disposición adicional nonagésima, letra b
texto leído
b) El IPREM mensual, 600 euros.
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
IPREM anual (12 pagas) 7200,00 €
Unidad: euros/año (12 pagas)
Ley 31/2022, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, prorrogada (BOE-A-2022-22128), disposición adicional nonagésima, letra c
texto leído
c) El IPREM anual, 7.200 euros.
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
IPREM anual (14 pagas) 8400,00 €
Unidad: euros/año (con pagas extraordinarias)
Ley 31/2022, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, prorrogada (BOE-A-2022-22128), disposición adicional nonagésima, letra d
texto leído
la cuantía anual del IPREM será de 8.400 euros cuando las correspondientes normas se refieran al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, salvo que expresamente excluyeran las pagas extraordinarias
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026

Paro

ParámetroValorNorma y artículoConsultadoVigencia
Cotización mínima para el paro 360
Unidad: días cotizados en los 6 años anteriores
Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social (BOE-A-2015-11724), arts. 266.b y 269.1
texto leído
Tener cubierto el período mínimo de cotización a que se refiere el artículo 269.1, dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo … Desde 360 hasta 539 | 120
14/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Duración del paro por días cotizados
El RDL 2/2024 solo cambió el apartado 3; la tabla del apartado 1 no varió.
desde 360: 120; desde 540: 180; desde 720: 240; desde 900: 300; desde 1080: 360; desde 1260: 420; desde 1440: 480; desde 1620: 540; desde 1800: 600; desde 1980: 660; desde 2160: 720
Unidad: días cotizados → días de prestación
Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social (BOE-A-2015-11724), art. 269.1
texto leído
Desde 360 hasta 539 | 120 / Desde 540 hasta 719 | 180 / … / Desde 1.980 hasta 2.159 | 660 / Desde 2.160 | 720
14/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Periodo de la base reguladora del paro
Se excluyen las horas extraordinarias.
180
Unidad: días (promedio de la base de cotización por desempleo)
Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social (BOE-A-2015-11724), art. 270.1
texto leído
La base reguladora de la prestación por desempleo será el promedio de la base por la que se haya cotizado por dicha contingencia durante los últimos ciento ochenta días
14/10/2026 desde el 01/01/2023, sin fecha de fin
Porcentajes del paro primeros180 dias: 70 %; desde dia181: 60 %
Unidad: fracción de la base reguladora
Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social (BOE-A-2015-11724), art. 270.2
texto leído
el 70 por ciento durante los ciento ochenta primeros días y el 60 por ciento a partir del día ciento ochenta y uno.
14/10/2026 desde el 01/01/2023, sin fecha de fin
Topes del paro en porcentaje del IPREM
Los importes en euros se calculan en index.js (derivados). A tiempo parcial los topes se ajustan a las horas (art. 270.3, párrafo tercero).
minimo sin hijos: 80 %; minimo con hijos: 1,07; maximo sin hijos: 1,75; maximo1 hijo: 2; maximo2o mas hijos: 2,25
Unidad: fracción del IPREM mensual incrementado en una sexta parte
Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social (BOE-A-2015-11724), art. 270.3
texto leído
La cuantía máxima … será del 175 por ciento del indicador público de rentas de efectos múltiples, salvo cuando el trabajador tenga uno o más hijos a su cargo, en cuyo caso la cuantía será, respectivamente, del 200 por ciento o del 225 por ciento … La cuantía mínima … será del 107 por ciento o del 80 por ciento … según que el trabajador tenga o no, respectivamente, hijos a su cargo. … incrementado en una sexta parte.
14/10/2026 desde el 01/01/2023, sin fecha de fin
Topes del paro publicados por el SEPE
Solo sirve de contraprueba de los derivados (test C1).
minimo sin hijos: 560,00 €; minimo con hijos: 749,00 €; maximo sin hijos: 1225,00 €; maximo1 hijo: 1400,00 €; maximo2o mas hijos: 1575,00 €
Unidad: euros/mes
SEPE, Cuantías anuales, tabla de cuantías de la prestación contributiva 2026
texto leído
Sin hijos/as 560,00 € | 1 hijo/a o más 749,00 € … Sin hijos/as 1.225,00 € | 1 hijo/a 1.400,00 € | 2 hijos/as o más 1.575,00 €
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Situación legal de desempleo según la forma de salida
El mutuo acuerdo no aparece entre los supuestos del apartado 1; lo tratamos como cese voluntario (apartado 2.a). Ver REVISAO.
dan paro: 8 formas de salida; no dan paro: la dimisión y el mutuo acuerdo
Unidad: modo de extinción → situación legal de desempleo (sí/no)
Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social (BOE-A-2015-11724), art. 267.1.a y 267.2.a
texto leído
a) Cuando se extinga su relación laboral: 1.º En virtud de despido colectivo … 3.º Por despido … 4.º Por extinción del contrato por causas objetivas. 5.º Por resolución voluntaria por parte del trabajador, en los supuestos previstos en los artículos 40, 41.3, 49.1.m) y 50 … 6.º Por expiración del tiempo convenido en el contrato formativo o en el contrato de trabajo de duración determinada … siempre que dichas causas no hayan actuado por denuncia del trabajador 7.º Por resolución de la relación laboral durante el período de prueba a instancia del empresario, siempre que la extinción de la relación laboral anterior se hubiera debido a alguno de los supuestos contemplados en este apartado o haya transcurrido un plazo de tres meses desde dicha extinción. … 2. No se considerará en situación legal de desempleo a los trabajadores que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos: a) Cuando cesen voluntariamente en el trabajo, salvo lo previsto en el apartado 1.a) 5.º.
15/10/2026 desde el 02/03/2023, sin fecha de fin

Autónomos

ParámetroValorNorma y artículoConsultadoVigencia
Tabla reducida de bases de autónomos
El tramo 3 es "< 1.166,70" (exclusivo); 1.166,70 ya cae en el tramo 1 de la tabla general.
tramo 1: base de 653,59 € a 718,94 €; tramo 2: base de 718,95 € a 900,00 €; tramo 3: base de 849,67 € a 1166,70 €
Unidad: euros/mes
Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, normas de cotización 2026 (BOE-A-2026-7296), art. 18.1 (tablas del RDL 13/2022, DT 1ª, prorrogadas por el RDL 3/2026, art. 3.4)
texto leído
1 | ≤ 670 | 653,59 | 718,94 / 2 | > 670 y ≤ 900 | 718,95 | 900,00 / 3 | > 900 y < 1.166,70 | 849,67 | 1.166,70
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Tabla general de bases de autónomos
Los tramos son los de 2025 congelados; solo sube la base máxima de los tramos 11 y 12 al tope de 5.101,20 (RDL 3/2026, art. 3.4).
tramo 1: base de 950,98 € a 1300,00 €; tramo 2: base de 960,78 € a 1500,00 €; tramo 3: base de 960,78 € a 1700,00 €; tramo 4: base de 1143,79 € a 1850,00 €; tramo 5: base de 1209,15 € a 2030,00 €; tramo 6: base de 1274,51 € a 2330,00 €; tramo 7: base de 1356,21 € a 2760,00 €; tramo 8: base de 1437,91 € a 3190,00 €; tramo 9: base de 1519,61 € a 3620,00 €; tramo 10: base de 1601,31 € a 4050,00 €; tramo 11: base de 1732,03 € a 5101,20 €; tramo 12: base de 1928,10 € a 5101,20 €
Unidad: euros/mes
Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, normas de cotización 2026 (BOE-A-2026-7296), art. 18.1
texto leído
1 | ≥ 1.166,70 y ≤ 1.300 | 950,98 | 1.300,00 … 11 | > 4.050 y ≤ 6.000 | 1.732,03 | 5.101,20 / 12 | > 6.000 | 1.928,10 | 5.101,20
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Tipos de cotización de autónomos
La suma (31,50 %) es cuenta nuestra; la orden no la publica. Se calcula en el código.
contingencias comunes: 28,3 %; contingencias profesionales: 1,3 %; mei: 0,9 %; cese actividad: 0,9 %; formacion profesional: 0,1 %
Unidad: fracción de la base
Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, normas de cotización 2026 (BOE-A-2026-7296), arts. 18.2 y 37.5-37.6
texto leído
Para las contingencias comunes, el 28,30 por ciento. … el 1,30 por ciento, del que el 0,66 por ciento corresponde a la contingencia de incapacidad temporal … se aplicará el tipo del 0,90 por ciento sobre la base de cotización de contingencias comunes … [cese de actividad] el 0,90 por ciento … [formación profesional] será del 0,10 por ciento
14/10/2026 desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026
Deducción por gastos genéricos de autónomos
El rendimiento computable en estimación directa es el rendimiento neto más las cuotas de la Seguridad Social del titular (misma regla 1.ª).
general: 7 %; societarios: 3 %
Unidad: fracción de deducción sobre el rendimiento computable
Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social (BOE-A-2015-11724), art. 308.1.c), regla 2.ª
texto leído
A los rendimientos indicados en la regla anterior se les aplicará una deducción por gastos genéricos del 7 por ciento, salvo en el caso de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas incluidos en este régimen especial al amparo de lo establecido en las letras b) y e) del artículo 305.2 de esta ley, en que la deducción será del 3 por ciento.
15/10/2026 desde el 01/01/2023, sin fecha de fin
Cuota reducida de nuevos autónomos (tarifa plana) pendiente Art. 38 ter LETA remite a la Ley de PGE de cada año y la DT 5ª del RDL 13/2022 fijó 80 euros solo para 2023 a 2025. No hay PGE 2026 ni otra norma que fije el importe de 2026 (búsqueda en RDL 3/2026 y Orden PJC/297/2026 sin resultado).

Estatuto de los Trabajadores

ParámetroValorNorma y artículoConsultadoVigencia
Indemnización por despido improcedente dias por anio: 33; max mensualidades: 24
Unidad: días de salario por año / mensualidades
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 56.1
texto leído
una indemnización equivalente a treinta y tres días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de veinticuatro mensualidades.
14/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Indemnización por despido improcedente de contratos anteriores al 12/02/2012 fecha corte: 2012-02-12; dias por anio antes: 45; dias por anio despues: 33; max dias: 720; max mensualidades: 42
Unidad: días de salario por año / días / mensualidades
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), disposición transitoria undécima
texto leído
se calculará a razón de cuarenta y cinco días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios anterior a dicha fecha … El importe indemnizatorio resultante no podrá ser superior a setecientos veinte días de salario, salvo que del cálculo de la indemnización por el periodo anterior al 12 de febrero de 2012 resultase un número de días superior, en cuyo caso se aplicará este como importe indemnizatorio máximo, sin que dicho importe pueda ser superior a cuarenta y dos mensualidades, en ningún caso.
14/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Indemnización por despido objetivo
El despido colectivo remite a este mismo mínimo (art. 51.4).
dias por anio: 20; max mensualidades: 12
Unidad: días de salario por año / mensualidades
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 53.1.b
texto leído
la indemnización de veinte días por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades.
14/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Preaviso del despido objetivo 15
Unidad: días
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 53.1.c
texto leído
Concesión de un plazo de preaviso de quince días, computado desde la entrega de la comunicación personal al trabajador hasta la extinción del contrato de trabajo.
14/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Indemnización y preaviso del fin de contrato temporal
No se aplica a contratos formativos ni de sustitución. Contratos anteriores a 2015: escala de la DT 8ª (8 a 11 días).
dias por anio: 12; preaviso contrato mas de un anio: 15
Unidad: días de salario por año / días
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 49.1.c (redacción del RDL 32/2021)
texto leído
una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar doce días de salario por cada año de servicio … Si el contrato de trabajo de duración determinada es superior a un año, la parte del contrato que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del mismo con una antelación mínima de quince días.
14/10/2026 desde el 31/12/2021, sin fecha de fin
Escala transitoria del fin de contrato temporal
Sin indemnización para contratos anteriores al 4 de marzo de 2001 (DT 8ª.2).
hasta el 31/12/2011: 8 días; hasta el 31/12/2012: 9 días; hasta el 31/12/2013: 10 días; hasta el 31/12/2014: 11 días; después: 12 días
Unidad: días de salario por año
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), disposición transitoria octava
texto leído
Ocho días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados hasta el 31 de diciembre de 2011. … Doce días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2015.
14/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Preaviso de la dimisión
El ET no fija número de días.
convenio colectivo o costumbre del lugar
Unidad: texto
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 49.1.d
texto leído
Por dimisión del trabajador, debiendo mediar el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar.
14/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Vacaciones anuales mínimas
No sustituible por compensación económica salvo al extinguirse el contrato.
30
Unidad: días naturales/año
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 38.1
texto leído
En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.
14/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Pagas extraordinarias 2
Unidad: pagas/año
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 31
texto leído
El trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo … podrá acordarse en convenio colectivo que las gratificaciones extraordinarias se prorrateen en las doce mensualidades.
14/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Jornada máxima ordinaria
La reducción a 37,5 horas no está en el BOE a 14/10/2026 (texto consolidado actualizado el 03/10/2026 y sumarios hasta el 14/10/2026).
40
Unidad: horas semanales de promedio en cómputo anual
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 34.1
texto leído
La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
14/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Máximo anual de horas extraordinarias
Las compensadas con descanso en los 4 meses siguientes no cuentan.
80
Unidad: horas/año
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 35.2
texto leído
El número de horas extraordinarias no podrá ser superior a ochenta al año, salvo lo previsto en el apartado 3.
14/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Valor mínimo y compensación de las horas extraordinarias
El ET no fija recargo: el precio por encima de la hora ordinaria lo pone el convenio o el contrato.
fraccion hora ordinaria: 1; meses compensacion: 4
Unidad: valor mínimo de la hora extra respecto a la hora ordinaria / meses
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 35.1
texto leído
se optará entre abonar las horas extraordinarias en la cuantía que se fije, que en ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria, o compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido. En ausencia de pacto al respecto, se entenderá que las horas extraordinarias realizadas deberán ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.
15/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Descanso entre jornadas y máximo diario horas entre jornadas: 12; horas ordinarias diarias max: 9; horas diarias menores: 8
Unidad: horas
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 34.3
texto leído
Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas. El número de horas ordinarias de trabajo efectivo no podrá ser superior a nueve diarias, salvo que por convenio colectivo … Los trabajadores menores de dieciocho años no podrán realizar más de ocho horas diarias de trabajo efectivo
15/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Descanso en la jornada continuada
Solo cuenta como tiempo de trabajo si lo dice el convenio o el contrato.
umbral horas: 6; minutos: 15; umbral horas menores: 4,5; minutos menores: 30
Unidad: horas de jornada continuada / minutos de descanso
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 34.4
texto leído
Siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis horas, deberá establecerse un periodo de descanso durante la misma de duración no inferior a quince minutos. … En el caso de los trabajadores menores de dieciocho años, el periodo de descanso tendrá una duración mínima de treinta minutos, y deberá establecerse siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de cuatro horas y media.
15/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Descanso semanal dias: 1,5; dias menores: 2; acumulable hasta dias: 14
Unidad: días
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 37.1
texto leído
Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por periodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido … La duración del descanso semanal de los menores de dieciocho años será, como mínimo, de dos días ininterrumpidos.
15/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Fiestas laborales maximo: 14; locales: 2
Unidad: días al año
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 37.2
texto leído
Las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos serán locales.
15/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Permisos retribuidos
Solo el matrimonio dice "naturales"; en el resto el ET habla de "días" sin precisar. El convenio puede mejorar todos. Texto de la redacción en vigor desde el 03/03/2025.
15 naturales / 5 / 2 / 1 / 4 días
Unidad: días de permiso retribuido
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 37.3
texto leído
a) Quince días naturales en caso de matrimonio o registro de pareja de hecho. b) Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario … b bis) Dos días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado … Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo se ampliará en dos días. c) Un día por traslado del domicilio habitual. … g) Hasta cuatro días por imposibilidad de acceder al centro de trabajo
15/10/2026 desde el 03/03/2025, sin fecha de fin
Reducción de jornada por guarda legal
Un octavo y la mitad se guardan como fracción (0,125 y 0,5). La Ley 4/2026, de 1 de octubre, da nueva redacción al art. 37.6 desde el 23/10/2026; en el texto ya publicado se mantienen los doce años, el octavo y la mitad.
fraccion minima: 12,5 %; fraccion maxima: 50 %; edad menor: 12
Unidad: fracción de la jornada diaria / años
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 37.6
texto leído
Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o una persona con discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella.
15/10/2026 desde el 03/03/2025, sin fecha de fin
Duración máxima del periodo de prueba
Son máximos en defecto de convenio.
tecnicos titulados: 6; demas: 2; demas empresa pequena: 3; plantilla empresa pequena: 25; temporal corto: 1; duracion temporal corto: 6
Unidad: meses (plantilla en personas)
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 14.1
texto leído
En defecto de pacto en convenio, la duración del periodo de prueba no podrá exceder de seis meses para los técnicos titulados, ni de dos meses para los demás trabajadores. En las empresas de menos de veinticinco trabajadores el periodo de prueba no podrá exceder de tres meses para los trabajadores que no sean técnicos titulados. En el supuesto de los contratos temporales de duración determinada del artículo 15 concertados por tiempo no superior a seis meses, el periodo de prueba no podrá exceder de un mes, salvo que se disponga otra cosa en convenio colectivo.
15/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Encadenamiento de contratos temporales meses contratado: 18; periodo referencia meses: 24; contratos minimos: 2
Unidad: meses / contratos
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 15.5
texto leído
las personas trabajadoras que en un periodo de veinticuatro meses hubieran estado contratadas durante un plazo superior a dieciocho meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos por circunstancias de la producción … adquirirán la condición de personas trabajadoras fijas.
15/10/2026 desde el 30/03/2022, sin fecha de fin
Traslado con cambio de residencia dias por anio: 20; max mensualidades: 12; preaviso dias: 30
Unidad: días de salario por año / mensualidades / días
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 40.1
texto leído
La decisión de traslado deberá ser notificada por el empresario al trabajador … con una antelación mínima de treinta días a la fecha de su efectividad. … la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de veinte días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades.
15/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Modificación sustancial de condiciones de trabajo
Solo para la modificación de carácter individual (art. 41.3).
dias por anio: 20; max meses: 9; preaviso dias: 15
Unidad: días de salario por año / meses / días
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 41.3
texto leído
deberá ser notificada por el empresario al trabajador afectado y a sus representantes legales con una antelación mínima de quince días a la fecha de su efectividad. En los supuestos previstos en las letras a), b), c), d) y f) del apartado 1, si el trabajador resultase perjudicado por la modificación sustancial tendrá derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de veinte días de salario por año de servicio prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año y con un máximo de nueve meses.
15/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Extinción por incumplimiento de la empresa
Retraso: más de quince días sobre la fecha de pago; causa si se deben tres mensualidades en un año o hay retraso durante seis meses (art. 50.1.b).
indemnización del despido improcedente
Unidad: texto
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 50.2
texto leído
En tales casos, el trabajador tendrá derecho a las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente.
15/10/2026 desde el 03/04/2025, sin fecha de fin
Licencia para buscar empleo durante el preaviso 6
Unidad: horas semanales durante el preaviso
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 53.2
texto leído
Durante el periodo de preaviso el trabajador … tendrá derecho, sin pérdida de su retribución, a una licencia de seis horas semanales con el fin de buscar nuevo empleo.
15/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Preaviso no concedido en el despido objetivo salarios del periodo de preaviso
Unidad: texto
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 53.4, último párrafo
texto leído
la no concesión del preaviso o el error excusable en el cálculo de la indemnización no determinará la improcedencia del despido, sin perjuicio de la obligación del empresario de abonar los salarios correspondientes a dicho periodo
15/10/2026 desde el 13/11/2015, sin fecha de fin
Protección frente al despido tras el nacimiento
Salvo que se declare la procedencia por motivos no relacionados con el permiso (mismo apartado).
meses: 12
Unidad: meses desde el nacimiento
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 53.4.c
texto leído
Será también nula la decisión extintiva en los siguientes supuestos: … c) El de las personas trabajadoras después de haberse reintegrado al trabajo al finalizar los periodos de suspensión del contrato por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, a que se refiere el artículo 45.1.d), siempre que no hubieran transcurrido más de doce meses desde la fecha del nacimiento, la adopción, la guarda con fines de adopción o el acogimiento.
15/10/2026 desde el 03/04/2025, sin fecha de fin
Suspensión del contrato por nacimiento y cuidado de menor
semanasAdicionalesPorCausa es la semana de cada progenitor por discapacidad del hijo o por cada hijo a partir del segundo (art. 48.6). La familia monoparental disfruta las dos.
semanas: 19; semanas monoparental: 32; semanas obligatorias: 6; semanas adicionales por causa: 1
Unidad: semanas
Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), art. 48.4 y 48.6
texto leído
El nacimiento, que comprende el parto y el cuidado de menor, suspenderá el contrato de trabajo de la madre biológica y el del progenitor distinto de la madre biológica durante diecinueve semanas. En el supuesto de monoparentalidad … treinta y dos semanas. … a) Seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto serán obligatorias … [art. 48.6] tendrá una duración adicional de dos semanas, una para cada una de las personas progenitoras. Igual ampliación procederá en el supuesto de nacimiento … múltiple por cada hijo o hija distinta del primero.
15/10/2026 desde el 31/07/2025, sin fecha de fin

Bajas y nacimiento

ParámetroValorNorma y artículoConsultadoVigencia
Incapacidad temporal: desde qué día y quién paga
profesionalDiaInicio = 2 porque el subsidio empieza "el día siguiente al de la baja"; el día de la baja lo paga la empresa como salario.
comun dia inicio: 4; comun empresa hasta dia: 15; profesional dia inicio: 2
Unidad: día de baja
Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social (BOE-A-2015-11724), art. 173.1
texto leído
En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, el subsidio se abonará desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, estando a cargo del empresario el salario íntegro correspondiente al día de la baja. En caso de enfermedad común o de accidente no laboral, el subsidio se abonará a partir del cuarto día de baja en el trabajo, si bien desde el día cuarto al decimoquinto de baja, ambos inclusive, el subsidio estará a cargo del empresario.
15/10/2026 desde el 03/03/2025, sin fecha de fin
Incapacidad temporal: duración máxima dias maximos: 365; prorroga dias: 180
Unidad: días
Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social (BOE-A-2015-11724), art. 169.1.a
texto leído
con una duración máxima de trescientos sesenta y cinco días, prorrogables por otros ciento ochenta días cuando se presuma que durante ellos puede el trabajador ser dado de alta médica por curación.
15/10/2026 desde el 03/03/2025, sin fecha de fin
Incapacidad temporal: porcentaje general
Es el porcentaje de las bajas por accidente de trabajo o enfermedad profesional y, en las comunes, a partir del día 21.
75 %
Unidad: fracción de la base reguladora
Decreto 3158/1966, de 23 de diciembre, Reglamento General de prestaciones económicas del Régimen General (BOE-A-1966-21116), art. segundo, uno
texto leído
La prestación económica en cualquiera de las situaciones constitutivas de incapacidad laboral transitoria … consistirá en un subsidio equivalente al setenta y cinco por ciento de la base de cotización del trabajador en la fecha en que se declare iniciada legalmente la incapacidad.
15/10/2026 desde el 01/12/2001, sin fecha de fin
Incapacidad temporal común: primer tramo porcentaje: 60 %; hasta dia: 20
Unidad: fracción de la base reguladora / día de baja
Real Decreto 53/1980, de 11 de enero, cuantía de la prestación económica por incapacidad laboral transitoria (BOE-A-1980-1003), artículo único
texto leído
La cuantía de la prestación económica por incapacidad laboral transitoria derivada de enfermedad común o accidente no laboral … será, durante el periodo comprendido entre el cuarto día a partir del de la baja en el trabajo ocasionada por la enfermedad o el accidente y hasta el veinteavo día, inclusive, de permanencia en tal situación, de un subsidio equivalente al sesenta por ciento de la base reguladora correspondiente.
15/10/2026 desde el 01/02/1980, sin fecha de fin
Prestación por nacimiento y cuidado de menor porcentaje: 1; divisor mensual: 30
Unidad: fracción de la base reguladora / días
Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social (BOE-A-2015-11724), art. 179.1
texto leído
La prestación económica por nacimiento y cuidado de menor consistirá en un subsidio equivalente al 100 por ciento de la base reguladora correspondiente. … la base reguladora será la base de cotización por contingencias comunes del mes inmediatamente anterior al mes previo al del hecho causante, dividida entre el número de días a que dicha cotización se refiera. … cuando la persona trabajadora perciba retribución mensual y haya permanecido en alta en la empresa todo el mes natural, la base de cotización correspondiente se dividirá entre treinta.
15/10/2026 desde el 01/01/2023, sin fecha de fin

Embargo de sueldos

ParámetroValorNorma y artículoConsultadoVigencia
Escala de embargo de sueldos
Se aplica sobre el líquido (art. 607.5: después de retenciones e impuestos públicos).
hasta 1 SMI: 0 %; hasta 2 SMI: 30 %; hasta 3 SMI: 50 %; hasta 4 SMI: 60 %; hasta 5 SMI: 75 %; resto: 90 %
Unidad: tramos en múltiplos del SMI / fracción embargable
Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (BOE-A-2000-323), art. 607.1 y 607.2
texto leído
1. Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional. 2. … 1.º Para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe del doble del salario mínimo interprofesional, el 30 por 100. 2.º … un tercer salario mínimo interprofesional, el 50 por 100. 3.º … un cuarto … el 60 por 100. 4.º … un quinto … el 75 por 100. 5.º Para cualquier cantidad que exceda de la anterior cuantía, el 90 por 100.
15/10/2026 desde el 08/01/2000, sin fecha de fin
Rebaja del embargo por cargas familiares
Es potestativa; la calculadora no la aplica salvo que la marques.
minima: 10 %; maxima: 15 %
Unidad: fracción de rebaja de los porcentajes 1.º a 4.º
Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (BOE-A-2000-323), art. 607.4
texto leído
En atención a las cargas familiares del ejecutado, el Letrado de la Administración de Justicia podrá aplicar una rebaja de entre un 10 a un 15 por ciento en los porcentajes establecidos en los números 1.º, 2.º, 3.º y 4.º del apartado 2 del presente artículo.
15/10/2026 desde el 04/05/2010, sin fecha de fin

Exenciones del IRPF

ParámetroValorNorma y artículoConsultadoVigencia
Límite exento de la indemnización por despido
Exenta solo la cuantía obligatoria del ET (no la pactada), con tope de 180.000 euros.
180.000,00 €
Unidad: euros (límite de la parte exenta)
Ley 35/2006, del IRPF (texto consolidado BOE-A-2006-20764), art. 7.e
texto leído
Las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores … El importe de la indemnización exenta a que se refiere esta letra tendrá como límite la cantidad de 180.000 euros.
14/10/2026 desde el 01/01/2015, sin fecha de fin

Territorios con IRPF propio

País Vasco y Navarra aplican su propio IRPF (régimen foral). No los calculamos; estas son sus fuentes oficiales:

Notas del año